Actualización del formato de factura electrónica (Facturae) a la versión 3.2.2
El formato de factura electrónica Facturae sufrirá un cambio de esquema XML dando lugar a la nueva versión 3.2.2, tal y como se publicó en la Resolución de 24 de agosto de 2017 de la Secretaría de Estado para la Sociedad de la Información y la Agenda Digital y de las Secretarías de Estado de Hacienda y de Presupuestos y Gastos. Esta versión no es obligatoria para todos los usuarios de Facturae, solamente deberán implementarla aquellos proveedores que requieran enviar la información que añade.
Esta resolución surtirá efectos en las relaciones entre la Administración y sus proveedores a los seis meses de su publicación en el Boletín Oficial del Estado. Por lo tanto, entra en vigor el próximo mes de febrero.
Esta actualización requiere la modificación del esquema XML usado para la facturación electrónica con las Administraciones Públicas en España. En la versión 3.2.2. de Facturae se incluyen nuevos datos que deberán ser implementados por los proveedores tecnológicos que lo requieran, por lo que las plataformas de recepción de facturas tendrán que adaptarse para admitir dicho formato.
Estas novedades en la versión 3.2.2 de Facturae son:
- Inclusión de etiquetas específicas para:
- recoger los pagos en especie,
- descripción general de la factura,
- fecha de emisión de las facturas rectificadas.
- Se permite consignar a nivel de factura la referencia del expediente de contratación cuando la factura se refiera a un solo contrato o pedido.
- Se añade una nueva unidad, el Kilovatio por hora (KWh), a la tabla de tipos de unidades.
- Se añade el formato HTML a los formatos aceptados para documentos adjuntos a la factura.
- Se introducen nuevos campos para identificar la referencia electrónica de documentos de cesión de los créditos derivados de la factura, tanto de los poderes acreditativos de la representación como del propio acuerdo de cesión, que no tendrán que adjuntarse a la factura si la Administración u otro destinatario de la factura puede consultarlos electrónicamente para, en su caso, anexarlos al expediente de gasto.
Si necesita información más detallada, aquí encontrará el documento original de la Secretaría de Estado para la Sociedad de la Información y la Agenda Digital.